dilluns, 6 de maig del 2013

¿Estafa o abuso? Eliseu Santandreu en Diari Sabadell 2l 2-5


Recientemente un periódico catalán de gran tirada diaria publicó la carta de un lector en la que el firmante exponía lo siguiente: «He recibido un cargo de 140 euros de un banco español de primer orden en concepto de comisiones por el “uso” de una tarjeta de crédito. Tras remover cielo y tierra llegue a averiguar que tiempo atrás me enviaron una publicidad al buzón de mi casa en la cual me ofrecían una tarjeta, con la condición de que si no la utilizaba por tres veces, la entidad me cargaría una comisión, que coincide con la que ahora me han aplicado. Como sea que ni abrí la carta por no ser la entidad con la que venía trabajando habitualmente, al no realizar ninguna operación, el banco procedió al cargo citado»

Es sobradamente conocido que la mayoría de la gente no suele –solemos- abrir los sobres de lo que presume –presumimos-  que contiene publicidad que de antemano no es de nuestro interés y la tiramos a  la papelera. Aquellos que se atreven a leer la misiva se suelen encontrar con que está redactada de tal manera que no se entiende absolutamente nada por lo que también acaba en la papelera.



Para información del lector, en la web del Banco de España figura lo siguiente: “El cobro de comisiones bancarias por las entidades de crédito está sujeto a las siguientes reglas: Las tarifas, o precios, de las comisiones bancarias son libres. El Banco de España no puede denegar el cobro de comisiones bancarias, ni limitar sus importes” lo cual supone de facto dejar libertad a las entidades para que apliquen aquellas comisiones que les parezca bien.

Como los entendidos en técnicas de marketing conocen las reacciones de la gente ante caras publicitarias,  abusan de ello y, como ocurrió en el caso que tratamos, buscan la manera de “colar” por todos los medios, no siempre éticos, todo aquello que le pueda suponer un ingreso para la entidad que representan lo cual induce a pensar que los bancos disponen de personal especializado y muy bien retribuido con la misión única de crear productos y servicios “innovadores” que les facilite el cobro de comisiones. Pero esa avidez de lanzar más y más productos con el fin de recaudar comisiones, puede conducir a la situación de cobrar una comisión por un servicio no prestado, lo cual es, en sí mismo, una estafa o si se quiere un abuso.

Recientemente la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha indicado en una sentencia que una situación será punible cuando se demuestre que no haya habido transparencia ¿Se cumple esa indicación en ese caso?

Nos quejamos repetidamente de los cada vez más habituales tipos de timos o estafas que se producen a través de Internet, de los carteristas, de los trileros, etc. Ahora se habría de añadir a ese amplio catálogo una nueva forma de engaño aprovechando la buena fe de los clientes.

Esas malas artes y actitudes  no ayudan en nada a que la Banca recupere la confianza que ha perdido en los últimos años por todo lo ocurrido en ese sector, sobradamente conocido.
Cuando el 76% de los encuestados en un estudio de la consultora Grayling, no confía en la banca española; cerca del 62% cree que su dinero no está seguro; el 59,5% se ha visto defraudado -por engaño o por negligencia- por la entidad en la que depositó su confianza y, el 53% del se ha planteado cambiar de banco es evidente que los bancos deberían, por todos los medios posibles recuperar la confianza tan necesaria entre cliente y entidad, como hace cualquier empresa cuando comprueba que sus clientes han perdido su confianza en ella.   



2 comentaris:

Unknown ha dit...

Jo crec que en aquests casos sempre hauríem de dir de quina entitat es tracta. Sempre fem només publicitat quan és positiva.

llorenç Gimenez ha dit...

Es practica habitual en algunos bancos decidir unilateral mente que te conceden un crédito para lo que quieras o te abren una libreta, hay que estar atento porque a la mas mínima ya te la han colado.....