dijous, 29 de setembre del 2011

El model QQC per valorar empreses. Publicat per Pol Santandreu a la revista de l'ACCID del setembre.

Podeu llegir en l'enllaç següent l'article publicat per Pol Santandreu a la revista de l'Associació Catalana de Comptabilitat i Direcció d'aquest mes de setembre. És un model que pretén ajudar alhora d'escollir el model de valoració d'empreses d'acord a tres preguntes (QQC).

Article QQC .

dijous, 22 de setembre del 2011

Exceso de palabrería (d'Eliseu Santandreu aparegut al diari Expansión el 21 de setembre)


La recientemente designada directora gerente del Fondo Monetario Internacional (FMI), Christine Lagarde, ha advertido sobre el riesgo de que la economía mundial “vuelva a entrar en recesión de forma inminente". Unas graves declaraciones que cuando proceden de tertulianos o de tantos profetas que a diario se dedican a presagiar tsunamis económicos, no tendría más importancia ni trascendencia. Pero la máxima autoridad del FMI, debería conocer que sus palabras no pueden caer en saco roto y que los mercados, inversores, empresas y particulares reaccionarán en función del cariz de la información recibida y, además, lo harán con la mayor rapidez.

Casi al mismo tiempo, el presidente de la Comisión Europea Durao Barroso ha declarado que la Unión Europea (UE) y el euro están fuertes y resistentes, denostando así las declaraciones de la directora gerente del Fondo Monetario Internacional.

Al mismo tiempo, el presidente de la Unión Europea, Herman Van Rompuy, entra en escena declarando "Si bien no hay muchas perspectivas de crecimiento económico no prevemos un crecimiento económico negativo, ni recesión", ha puntualizado al respecto. En definitiva, afirma que no hay "ninguna nueva recesión" a la vista en la Eurozona, pese a la desaceleración del crecimiento económico.

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dilluns, 19 de setembre del 2011

Fórmulas para retribuir al accionista (per Eliseu Santandreu publicat al diari Avui el 10 de setembre)

La retribución al accionista o pago de dividendo periódico puede realizarse de diversas formas destacando como más habituales:

 A) Devolver prima de emisión; sale dinero efectivo pero no afecta a su cuenta de pérdidas y ganancias, sino a aquellos fondos propios que no pueden utilizarse para comprar, ni invertir, ni pagar deuda.
 B) El tradicional pago en efectivo que se realiza durante el año en uno o varios períodos
 C) Reparto de acciones propias procedentes de la autocartera, lo cual no supone una ampliación de capital ya que los títulos que se reparten los había adquirido previamente la empresa emisora
 D) Amortizar acciones de la autocartera con la consiguiente reducción de capital social, operación contraria a la ampliación de capital, por la cual a cada acción en circulación le corresponderá un porcentaje mayor de activos y
 E) El Scrip dividend, conocido también como “cobro de dividendos en acciones” Esta alternativa consiste en que la cotizada ofrece elegir a sus accionistas entre recibir nuevas acciones o su equivalente en efectivo. La novedad radica en el compromiso de la compañía a comprar los derechos de suscripción a los titulares de los títulos a un precio determinado.


Esta última alternativa ha adquirido gran actualidad en los últimos años. La explicación principal consiste en limitar la salida de tesorería con el fin de mejorar los ratios de capital sobre todo en el caso de las entidades financieras, que les obliga las normas exigidas por Basilea III y por el Banco de España. Solo a modo de ejemplo, la política de pagar los dividendos con acciones está suponiendo un importante colchón para los ratios de capital de la banca española. En los últimos tiempos, entre Santander, BBVA y Popular han evitado el desembolso de 3.500 millones de euros al pagar al accionista con títulos, ya sean de nueva creación o procedentes de autocartera.
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dimarts, 13 de setembre del 2011

Xerrada de Pol Santandreu el 26 de setembre


Agenda ACCID
26
SET
Llums i ombres en la valoració d'empreses. Valorant en l'entorn actual
Ponent/s:
Pol Santandreu, economista, professor de finances i
estratègia i consultor d’empreses i Daniel Faura, president
del CCJCC i membre de la Junta Directiva de l’ACCID

Hora: 19:00
Lloc: CCJCC C/ Sor Eulàlia d'Anzizu 41, Barcelona
+ info i reserves 
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dilluns, 12 de setembre del 2011

La hoja de ruta (article d'Eliseu Santandreu publicat el dia 3 de setembre al Diari Sabadell)


Un plan estratégico es un documento en el cual se intenta plasmar cual será el camino de un proyecto generalmente a medio o largo plazo que contempla tres fases: objetivos, políticas y acciones y se subdivide en plan director; plan operativo anual y los sistemas de soporte para lograrlo.

Recientemente, esas tradicionales fases y procesos han sido sustituidas por “hoja de ruta”. En toda reunión que se precie, el máximo responsable ha de explicar la hoja de ruta, a fin de demostrar que está a la altura que su alta magistratura exige.

Tradicionalmente, la hoja de ruta proviene del entorno empresarial y se puede definir como: “listado de todos los clientes, donde se clasifican según la periodicidad de visitas que requiere cada cliente en particular”. También se utiliza para “organizar el tiempo del vendedor y orientarlo acerca de lo que debe hacer diariamente, con el fin de no perder de vista a los clientes y mantenerse siempre en contacto con ellos”.




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dimarts, 6 de setembre del 2011

Política y economía (Eliseu Santandreu)


El pasado dos de septiembre el Congreso de los Diputados aprobó, gracias a los votos del PSOE y PP -que, por cierto, era la primera vez en mucho tiempo que se ponían de acuerdo en algo fundamental- la reforma del artículo 135 de la Constitución referido a la estabilidad presupuestaria de las Administraciones.

Debo anticiparme a declarar que no emitiré juicios de valor sobre si ese acuerdo ha sido gracias al “rodillo político” con desprecio al resto de fuerzas políticas, si es el mejor acuerdo posible, o si por el contrario es un error. Sin embargo creo oportuno comentar que en la forma en que se ha llevado a cabo han crispado el ámbito de la política, aunque en el fondo ese acuerdo es oportuno. Me limitaré pues a realizar unas simples reflexiones de índole económica que brindo al amable lector.

El aspecto fundamental de esa modificación consiste en que el Estado y las Comunidades Autónomas, no podrán incurrir en un déficit estructural en relación a su PIB (producto interior bruto: valor de todos los bienes y servicios producidos en un país) que supere los márgenes establecidos por la UE.

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