Excepto, por su pomposo nombre: Sociedad de
Gestión de Activos (SGA) en lugar de banco malo, no supone novedad dado que en otros
países como EEUU, Alemania, Suecia, Irlanda o México, ya funciona desde hace
años, aunque con distintos resultados. Aquí la decisión ha sido tardía y por el
sistema tradicional de hacer las cosas a bandazos, improvisaciones y presiones por
parte de Europa.
Esa sociedad se creará con un capital de 8.000
millones de euros, equivalente al 10% de los activos que aportarán los bancos
públicos –Catalunya Caixa; Nova Caixa Galicia; Bankia y Banco de Valencia- cuyo
49% lo suscribirá el FROB y, el restante 51% algunas entidades “sanas”, dada la
negativa de entidades con capital internacional por la desconfianza de las
mismas en la economía española. Las aportaciones de esas entidades sanas
podrían ser en activos o en efectivo, aspecto que se está negociando.
El Gobierno espera que esa sociedad produzca
beneficios tras la venta, de sus activos durante un período de quince años,
previstos por la SGA. Para conseguir esa meta debe darse dos condiciones; a)
que los activos se adquieran por un precio de transferencia de los activos tengan
una capacidad para producir
plusvalías y b) se sustenta en el supuesto de que durante ese período habrá
pasado la crisis y los precios habrán crecido sustancialmente.
Sin embargo lo que parece obviarse es que, alcanzar
ese objetivo también dependerá de unos costes que se pasan a detallar a) los
propios de la gestión que dependerá de la estructura de que se dote; b) el
coste de los suministros necesarios; c) los impuestos que puedan derivarse de
la tenencia de los activos hasta su venta; d) el coste de oportunidad del capital
invertido; e) el coste del mantenimiento de los activos a fin de que no se
desvaloricen; f) el coste de vigilancia y seguridad de los activos y, f) el coste
que supondría demoler aquellas obras a medio terminar y los esqueletos de
cemento que abundan en todas las CCAA del estado y cuyo mantenimiento en
cartera podría sería muy superior al coste del derribo, como ya ha sucedido en
Irlanda.
Si esa sociedad no absorbe
todos los costes detallados amén de la retribución de los socios minoritarios,
no solo no producirá beneficios sino que la diferencia que pudiera darse deberá
ser financiada por el Tesoro Público, es decir con los contribuyentes.
Cap comentari:
Publica un comentari a l'entrada