Muchas empresas y entidades financieras han comercializado en
los últimos años unos productos denominados Deuda Subordinada y Participaciones
Preferentes. Aquí nos referiremos especialmente a las entidades financieras las
cuales vendieron esos productos como productos de renta fija –obligaciones-, con
una rentabilidad pactada previamente, una fecha de amortización y la
posibilidad de venderlo en cualquier momento para hacer liquidez.
Sin embargo, la ausencia de un plazo prefijado de
amortización los hace más propios de una inversión a perpetuidad; una nula
liquidez, y para acabar de adobarlo, la rentabilidad depende de la decisión unilateral
de la entidad emisora o de la existencia de un comprador dispuesto a comprarla
a un precio más bajo que el nominal para realizar una buena operación. Esos
condicionantes inflingen a esos productos una realidad muy distinta a la
ofrecida, ya que aúnan un alto riesgo y escasas ventajas.
Aunque no se trata de “estafas” como interesadamente se
afirma en ciertos ámbitos, son la consecuencia de dos aspectos recurrentes : a)
las entidades financieras venden los productos que les interesa a ellas con
preferencia al interés de sus clientes a los que dice asesorar y, b) los escasos
conocimientos de las características de los productos por parte del pequeño
inversor y la ciega confianza en sus “asesores bancarios” que, con frecuencia
desconoce lo que están vendiendo, unido a la temible letra pequeña conforman un cocktail de aspectos más negativos que positivos que solo se conocen
cuando llega el momento de realizarlos y encontrarse con desagradables
sorpresas, como las que están surgiendo actualmente.