dilluns, 30 de gener del 2012

Deuda subordinada y participaciones preferentes. Publicat a l'Avui i al Punt el 28 de gener per Eliseu Santandreu


Muchas empresas y entidades financieras han comercializado en los últimos años unos productos denominados Deuda Subordinada y Participaciones Preferentes. Aquí nos referiremos especialmente a las entidades financieras las cuales vendieron esos productos como productos de renta fija –obligaciones-, con una rentabilidad pactada previamente, una fecha de amortización y la posibilidad de venderlo en cualquier momento para hacer liquidez.
Sin embargo, la ausencia de un plazo prefijado de amortización los hace más propios de una inversión a perpetuidad; una nula liquidez, y para acabar de adobarlo, la rentabilidad depende de la decisión unilateral de la entidad emisora o de la existencia de un comprador dispuesto a comprarla a un precio más bajo que el nominal para realizar una buena operación. Esos condicionantes inflingen a esos productos una realidad muy distinta a la ofrecida, ya que aúnan un alto riesgo y escasas ventajas.
Aunque no se trata de “estafas” como interesadamente se afirma en ciertos ámbitos, son la consecuencia de dos aspectos recurrentes : a) las entidades financieras venden los productos que les interesa a ellas con preferencia al interés de sus clientes a los que dice asesorar y, b) los escasos conocimientos de las características de los productos por parte del pequeño inversor y la ciega confianza en sus “asesores bancarios” que, con frecuencia desconoce lo que están vendiendo, unido a la temible letra pequeña  conforman un cocktail de aspectos más negativos que positivos que solo se conocen cuando llega el momento de realizarlos y encontrarse con desagradables sorpresas, como las que están surgiendo actualmente.


DEUDA SUBORDINADA (DS)
La DS comprende unos títulos o valores de renta fija emitidos generalmente por las entidades de crédito que ofrecen –en el momento de la venta- una rentabilidad mayor que otros activos de deuda, en compensación a la iliquidez del producto. El inversor debe saber que asume un nivel de riesgo, ya que en caso de quiebra del emisor primero cobrarán los acreedores ordinarios –de ahí el término de subordinación-.y, solo en el caso de que quedaran activos remanentes, podrían repartirse sus migajas. 
Aunque en los folletos explicativos de este tipo de productos se establece que un tenedor pueda venderlo cuando desee, no se garantiza un precio de recompra del plazo de amortización ya que dependerá del interés de un posible comprador y, a la vez, del momento económico por el que pase el emisor. En el caso de que éste presente problemas financieros: ¿Surgirán compradores sabiendo que si quiebra la sociedad o tiene serias dificultades, cobrarán su inversión?  Este es el aspecto más preocupante y del que menos se hace mención en el momento de ofertarlo.

PARTICIPACIONES PREFERENTES (PP)
Las PP perpetuas no equivalen a un depósito toda vez que no están cubiertas por el Fondo de Garantía de Depósitos y, además, son ilíquidas. Si en un año no hay beneficios o el emisor no ha repartido dividendos, las participaciones preferentes pueden quedarse sin cobrar intereses.

Las PP pueden venderse al valor que otro inversor esté dispuesto a comprarlas que, obviamente, puede ser muy por debajo del valor inicial de compra. Por ejemplo: una PP emitida por 1.000 euros, con una rentabilidad anual del 5%, pagará 50 euros anualmente. Ahora supongamos que otro inversor la compra a un precio de 400 euros, percibiendo por ella los 50 euros anuales. A este inversor le supone una rentabilidad del 12,5% (50/400 euros x 100) mientras el vendedor experimentará una minusvalía del 60% (1.000-400 euros).

Las PP tienen muy poca liquidez. Si se desea invertir en ellas conviene destinar aquel dinero que no se vaya a precisar durante varios años. En los momentos actuales la diferencia entre los precios de compra y venta es muy grande y, probablemente, así continuará hasta que los mercados se normalicen. Vender PP con prisas puede suponer perder mucho dinero, mientras los que tienen paciencia pueden ganarlo con su adquisición, a la espera de mejores tiempos.

 Antes de la actual crisis, las participaciones preferentes eran un producto ventajoso, que rendían unos intereses superiores a un depósito. Con ese producto, las entidades financieras se financiaban y cuando el inversor deseaba recuperar su inversión acudía a la misma que la vendía en el mercado secundario. El problema ha surgido por la propia crisis ya que ha desaparecido el interés de recomprarlo por parte de las entidades, obsesionadas con los nuevos requisitos de solvencia. Ni aunque quisieran, las podrían comprar, pero alguien habrá de dar una solución a los miles de pequeños inversores que no han podido recuperar sus ahorros.